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viernes, 9 de mayo de 2008

Valor de Reposición

Esta definición pertenece a uno de los anexos (Adendos) que en general las compañias aseguradoras usan para definir el Valor de Reposición; como podrán ver es un poco confuso en la parte en que se dice como se pagan los siniestros, esto también confunde a los asegurados y al final no saben bien que es lo que les van a pagar.

En este caso los Valuadores deben saber en que momento se hace el avalúo, si es para la contratación de la póliza o una vez que sucedio el siniestro ya que de ello depende el o los valores que se deben entregar "Valor de Reposición", "Valor Real" o ambos.



VALOR DE REPOSICION

ALCANCE DE COBERTURA.

Con sujeción a las condiciones generales de la póliza y de las particulares de la coberturas adicionales contratadas, así como de las especiales de esta Cláusula, teniendo prelación éstas últimas sobre las dos anteriores en cuanto se opongan, la Compañía conviene en caso de pérdida amparada por la póliza citada, en indemnizar al asegurado hasta la suma asegurada de los bienes sujetos a esta Cláusula que deberá ser igual al Valor de Reposición como más adelante se establece.

En pérdidas parciales, tratándose de maquinaria que consta de varias partes, la indemnización quedará limitada a la proporción que guarde la parte de la misma que haya sufrido el daño en relación al valor total de reposición del bien.

DEFINICION DE VALOR DE REPOSICION.

El término Valor de Reposición significa la suma que se requiere para la construcción y/o reparación cuando se trate de bienes inmuebles y/o adquisición, instalación o reparación cuando se trate de maquinaria y/o equipo de igual clase, calidad, tamaño y/o capacidad de producción; sin deducción ni depreciación alguna por uso o desgaste alguna por depreciación física el día de contratación de la póliza, pero incluyendo el costo de fletes, derechos aduanales y gastos de montaje, si los hubiere.

VALUACION DE LOS BIENES.

Es requisito para la contratación de esta Cláusula la realización de una valuación o en su defecto la aplicación del sistema de actualización de valores que ofrece la Compañía, como guía para el establecimiento de Sumas Aseguradas.

SUMA ASEGURADA.

En cualquier parte en que el término Suma Asegurada aparezca impreso en la póliza a la que se adhiere esta Cláusula, se sustituirá por el de Valor de Reposición, tal y como se define en el punto dos anterior.

CLÁUSULA 4a. PROPORCION INDEMNIZABLE.

Si la suma asegurada de la póliza citada fuere menor al valor de reposición en el momento del siniestro, se aplicará la Cláusula 4a. de las Condiciones Generales de la Póliza.

PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO.

El asegurado expresamente acepta, que en caso de siniestro y una vez Convenida la indemnización, la Compañía liquide el monto de los bienes por su valor real y en cuanto a la diferencia de este y el valor de reposición se indemnizará cuando el asegurado demuestre haber erogado como mínimo el 50% del costo de las obras de construcción, reconstrucción y/o reparación cuando se trate de bienes inmuebles y/o adquisición, construcción y reparación cuando se trate de maquinaria y equipo.

EXCLUSIONES.

En ningún caso la Compañía será responsable bajo esta Cláusula:

a) Por cualquier gasto adicional derivado de la necesidad o deseo del asegurado, de construir o reponer los bienes dañados en lugar distinto del que ocupaban al ocurrir el siniestro.

b) Por cualquier gasto adicional en exceso del valor de reposición motivado por Leyes o Reglamentos que regulen la construcción, reparación o reposición de los bienes dañados.

c) Por los daños o pérdidas que sufran objetos raros o de arte.

d) Por la diferencia entre Valor Real y Valor de Reposición en caso de pérdida o daño que afecta a aquellos que no sean construidos, reconstruidos, repuestos o reparados, ya sea que se trate de edificios o maquinaria y equipo.


e) Por cualquier cantidad mayor de Valor de Reposición de la o las partes dañadas cuando la pérdida o daño afecte a una de esas parte de un bien cubierto que para estar completo para su uso conste de varias partes.


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